Soberana Orden Militar y Hospitalaria de San Juan de Jerusalén de Rodas y de Malta

Orden de Malta

Por una ley de cuidados paliativos de calidad

12/12/2020 


La Orden de Malta es una institución asistencial que goza de soberanía y tiene casi mil años de historia, fiel a sus principios fundacionales  “tuitio fidei” y “obsequium pauperum”, compromiso con la fe cristiana y servicio a las personas necesitadas, vulnerables y enfermos, quiere unirse a todas las Instituciones que se han manifestado en contra de la Ley de Eutanasia como Colegios de Médicos, Asociaciones de Juristas, Comité de Bioética de España, Conferencia Episcopal, … y pide, con el deseo de ofrecer a los enfermos una mejor asistencia en el proceso final de su vida, unos cuidados paliativos de calidad que, regulados por ley, se extiendan a todos los ciudadanos de nuestro país, sin distinción alguna.

Es cierto que el progreso de la tecnología y con ella el de la medicina, nos ha hecho conseguir resultados y éxitos en la medicina curativa y en la recuperación de muchas secuelas, hasta hace poco inalcanzables. Pero a veces parece tenernos esclavos de ella, prolongando el proceso de morir y, con él, el sufrimiento del enfermo y familia. Llega un momento en que una curación ya no es posible, los tratamientos se hacen fútiles pero persiste el deber de cuidar a nuestros pacientes, de aliviarlos y de consolarlos, acompañándolos en el trance final.

Se ha invocado la obstinación terapéutica como arma en favor de la Eutanasia, pero en el año 1996 el Hasting Center de Nueva York, primer Instituto de Bioética fundado en 1969, definió en su artículo “The Goals of Medicine” los cuatro fines de la medicina:           

1) Prevención de la enfermedad y Promoción de la salud;           

 2) Curación de los enfermos y cuidado de los que no tienen cura;

3) Rehabilitación de las secuelas que se hayan generado y alivio del sufrimiento y dolor de la enfermedad;

4) Evitar la muerte prematura y velar por una muerte en paz. Es decir, ni adelantar, ni retrasar la muerte.

Llama la atención que la ley quiera poner en un mismo nivel ético el ejercicio y respeto de la autonomía de la persona, con el deber del Estado de proteger la vida de todo ciudadano. “La ley, la Constitución, se debe al respeto absoluto a la vida humana” segúnAxel Kahn en “La médecine du XXIè siècle”. No hay ciudadanos de primera o de segunda categoría. La dignidad es inherente al ser humano y no la pierde cuando la vida se vuelve frágil, antes de extinguirse. No se debe hablar de “muerte digna”. Al perder a una persona, es una persona la que muere con toda su dignidad. Esa dignidad hace que la persona sea “per se” sujeto de todo cuidado y aprecio. No son equiparables el derecho a la vida y el derecho a la muerte, por mucho que el respeto a la autonomía de la persona pueda querer ponerlos a un mismo nivel.

Según estudiantes de medicina [1], la muerte digna se podría definir como pasar a la casa del padre rodeado del apoyo y cariño de los suyos; eliminando los dolores y el sufrimiento. Morir de muerte natural sin manipulaciones médicas innecesarias, aceptando la muerte con serenidad, con la asistencia médica precisa y el abrigo espiritual si se desea.

El papel del médico es el de acompañar al enfermo en ese proceso. En medicina se cuenta con todo un arsenal terapéutico no sólo para prolongar la vida del paciente sino también, para paliar y aliviar al enfermo en lo físico, lo psíquico, lo social. También los creyentes católicos pueden encontrar consuelo espiritual a través de los sacramentos, de manera que les procuren una muerte en paz.

Es función del Estado, buscando el bien común, procurar una muerte en paz a todas las personas. Han de crearse instituciones y programas de cuidados paliativos de calidad en lugar de legalizar qué personas en extrema debilidad, puedan ser “eliminadas”en aras de una muerte autónoma que se quiere llamar digna. “Toda ley que decide una acción sin posibilidad de corrección, ni de un cambio posible, me da miedo, y no es digna de confianza” (Axel Kahn)

Corremos el riesgo de forzar, en exceso, el derecho a morir. De convertir ese hecho en la obligación de morir.

                                                                                        Delegación de Bioética.

                                                                           Soberana Orden de Malta. España.

                                                                                        Día de Difuntos, 2020.


[1] Universidad de Valladolid, 1999.

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